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Se cancelan deudas bancarias como consecuencia de la imposibilidad sobrevenida para pagarlas

Nuestra cliente, como consecuencia de una incapacidad permanente absoluta y de la reaparición de un antiguo préstamo fallido, entró en una situación de insolvencia que le impidió atender sus obligaciones contractuales con entidades bancarias, lo que le llevó a acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad donde se le concedió la exoneración del pago de dichos préstamos.

La exoneración de deudas es un derecho de todos los ciudadanos si cumplen con los requisitos que marca la ley.

 

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