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Compliance

Una mano con una pluma, firmando un documento

Implica a tu organización en el cumplimiento normativo

En Sekinin, desde nuestro compromiso con las empresas y organizaciones de nuestro entorno, estamos concienciados con el cumplimiento de las medidas que desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010 son obligatorias para las mismas relativas a la implantación de políticas y planes preventivos de control contra actividades delictivas, y en general con el cumplimiento normativo en nuevos ámbitos como son la responsabilidad penal de las personas jurídicas y sus materias relacionadas como son la prevención de blanqueo de capitales, los planes de igualdad, cumplimiento de normativa de protección de datos, etc.

Estas medidas, además de obligatorias, permiten evitar sanciones a las empresas y organizaciones y la derivación de las mismas a sus directivos, controlar el riesgo reputacional de las organizaciones, la mejora del gobierno corporativo y el establecimiento de unos estándares éticos.

En Sekinin queremos ayudarte a cumplir con dichas obligaciones, a definir tu mapa de riesgos y normas de cumplimiento, a establecer tus canales de denuncia, las medidas de prevención y la formación necesaria.

¿Qué es un plan de cumplimiento?

Se trata de la definición de unos estándares éticos y la implantación de unas medidas que garanticen el cumplimiento de las mismas por la organización y quienes se relacionen con la misma (trabajadores, proveedores, subcontratas y clientes).

¿Cuál es el objetivo?

La prevención de la comisión de delitos e infracciones por parte de la organización y el riesgo reputacional que conlleva. La existencia de medidas de prevención de estos delitos exime de responsabilidad a los directivos de las empresas y organizaciones.

¿Es obligatorio tener un plan de cumplimiento?

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010 es obligatoria para todas las empresas y organizaciones.

¿Qué consecuencias se derivan de carecer de un plan de cumplimento?

La imputación de delitos tanto a la empresa u organización como a sus directivos por actos realizados en el ámbito de las mismas por sus empleados, proveedores, subcontratas o incluso clientes.

¿Cuáles son los pasos a seguir para implantar un plan de cumplimiento?

El primer paso, el mapa de riesgos

Toda organización tiene su propio riesgo. Tras analizar los riesgos se determinan cuales son los riesgos y la gravedad de los mismos. Cada empresa u organización es diferente.

Establecimiento de una normativa propia de la organización

Toda organización debe estar sujeta a un Código Ético que demuestre el compromiso de la directiva con el cumplimiento de unos estándares éticos.

Determinación de las medidas de prevención

Se deberán implantar medidas de control para la prevención de delitos y dar la formación adecuada para que todos los miembros de la organización dispongan de la capacidad de detectar y prevenir situaciones de riesgo.

El canal interno de denuncia

Debe establecerse obligatoriamente un canal interno de denuncias para que desde el anonimato pueda denunciarse hechos que pudieran ser delictivos. Es obligatoria para toda organización (Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019)

Los órganos de cumplimiento

La organización debe dotarse de un Compliance Officer (Oficial de cumplimiento) que vele por el funcionamiento del sistema de cumplimiento y en su caso de Comité de Ética.

La auditoría externa

Desde Sekinin, a través de profesionales cualificados, podemos auditarte externamente tu sistema de cumplimiento normativo. Nuestra recomendación es realizar periódicamente esta auditoría.

La coordinación con otras obligaciones de la organización

Un plan de cumplimiento debe considerar el nivel de cumplimiento de la empresa de otras obligaciones que tienen las empresas como son los planes de igualdad, canal de denuncias, prevención del blanqueo de capitales, adecuación a la normativa de Protección de datos.

El caso especial de los contratistas públicos

Cualquier empresa u organización que aspire a acceder a contratos o subvenciones que tengan su origen en Fondos Europeos Next Generation deberá tener implantado un sistema de control de comisión de delitos de corrupción y fraude.

Para el resto de contratos se está solicitando por muchas administraciones públicas que los licitadores tengan planes de cumplimiento.

¿Mi seguro de directivos y dirigentes me protege de responsabilidades penales?

Esos seguros excluyen la responsabilidad penal por lo que no son suficientes para cubrir estas contingencias. Eso sí, disponer de un plan de cumplimiento supone en muchas ocasiones un descuento en la prima del seguro.

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